¿Otra "Ley Mordaza" en México? La Iniciativa para Regular Influencers que Amenaza la Libertad de Expresión
El contexto de una propuesta peligrosa en un país que se desliza hacia el control del discurso
La diputada de Morena en el Congreso de la Ciudad de México, Leonor Otegui, presentó el pasado 13 de noviembre una iniciativa para regular la actividad de influencers y creadores de contenido digital. Bajo el título de "Ley General para Regular los Servicios de Contenido de las Plataformas Digitales", la propuesta contempla sanciones que van desde amonestaciones públicas hasta multas de hasta 1.1 millón de pesos e incluso la suspensión del canal por difundir "contenido prohibido".
La diputada Otegui aseguró que su iniciativa "no busca callar a nadie, ni censurar, ni establece limitación alguna", sino "garantizar un entorno digital seguro y responsable". Sin embargo, estas declaraciones suenan a un eco preocupantemente familiar en un país donde, en los últimos años, han proliferado intentos legislativos similares bajo el mismo discurso de "protección" y "responsabilidad".
El Patrón de las "Leyes Mordaza" en México
Para comprender la gravedad de esta iniciativa, es necesario contextualizarla dentro de una tendencia alarmante en México. En 2025, el Congreso ha sido testigo de múltiples intentos por regular el contenido digital y las expresiones públicas:
Puebla y la criminalización del periodismo: En junio de 2025, se aprobaron modificaciones al Código Penal de Puebla que incluyen los delitos de "ciberasedio", "espionaje digital" y "usurpación de identidad" con penas de hasta 8 años de prisión. Organizaciones como Article 19 y la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D) han señalado que estas figuras pueden utilizarse para perseguir contenido de sátira y parodia, herramientas fundamentales de crítica política.
La regulación a ministros de culto: En noviembre de 2025, el diputado de Morena Arturo Ávila presentó una iniciativa para que sacerdotes, pastores y ministros de culto sometan sus publicaciones en redes sociales a regulaciones gubernamentales. La Conferencia del Episcopado Mexicano denunció esta propuesta como un "ataque a la libertad de expresión" y una "ley mordaza digital".
La Ley de Telecomunicaciones: En abril de 2025, el Senado discutió una reforma que otorgaría a la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT) la facultad de bloquear plataformas digitales completas cuando sea solicitado por "autoridades competentes" indefinidas. R3D advirtió que esto "posibilitaría llevar a cabo una restricción extrema a la libertad de expresión en Internet sin la necesidad de una orden judicial".
El patrón es claro: bajo el pretexto de combatir "discursos de odio", "desinformación" o "contenido dañino", se proponen mecanismos que otorgan al Estado facultades discrecionales para determinar qué puede o no expresarse en el espacio público digital.
Los Términos Vagos: La Puerta a la Censura Arbitraria
La iniciativa de Otegui propone sancionar cuando el contenido:
- Promueva "actos de discriminación y violencia"
- "Vulnere la dignidad humana"
- Difunda mensajes "que simulen ser opiniones, pero en realidad correspondan a contenidos patrocinados sin transparencia"
- Use inteligencia artificial para "simular testimonios, recomendaciones o experiencias personales"
¿Quién define qué "vulnera la dignidad humana"? ¿Qué autoridad determinará cuándo una opinión genuina cruza la línea hacia lo "prohibido"? La historia de las "leyes mordaza" en México demuestra que conceptos vagos como "dignidad", "neutralidad" o "discurso de odio" se convierten en herramientas para restringir expresiones incómodas para el poder.
Como señala la doctrina de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en los casos Kimel vs. Argentina y Usón Ramírez vs. Venezuela, cualquier restricción a las libertades de información y expresión debe estar estructurada con pleno apego a los principios de descripción expresa, precisa y taxativa. La ambigüedad abre la puerta a la censura previa, prohibida por la Constitución mexicana.
La Plataforma de Delación y el Debido Proceso
La propuesta de Otegui contempla la creación de una "Plataforma Nacional de Seguimiento del Contenido de Influencers en medios digitales", donde personas físicas y morales podrán presentar quejas sobre contenido que consideren problemático. Estas quejas serían canalizadas a autoridades como la Fiscalía General de la República (FGR), la Secretaría de Salud o la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco).
El problema no es menor: se crea un mecanismo de delación sin garantías claras de debido proceso. ¿Qué evitará que este sistema sea utilizado para silenciar voces críticas mediante campañas coordinadas de denuncias? ¿Qué salvaguardas existen para proteger la presunción de inocencia de los creadores de contenido?
Las sanciones propuestas son contundentes: eliminación del contenido, multas de hasta el doble de las ganancias monetizadas (o entre 500 y 1,000 veces la UMA para contenido no monetizado), y suspensión de canales. Todo esto sin que la iniciativa establezca con claridad los procedimientos, tiempos de defensa, o criterios objetivos para determinar la culpabilidad.
El Discurso de la "Protección" vs. La Realidad del Control
La diputada Otegui justifica su propuesta señalando que hay más de 100 millones de mexicanos conectados siete horas diarias a la red, que el 56% ha realizado alguna compra por recomendación de un influencer, y que muchas de estas recomendaciones "no cuentan con las cualidades y calidad que en ocasiones se promete", según la Profeco.
Es cierto que existen problemas reales: publicidad engañosa, retos virales peligrosos, promoción de productos nocivos para la salud. Pero la solución a estos problemas ya existe en el marco jurídico mexicano. La Ley Federal de Protección al Consumidor, la Ley General de Salud, el Código Penal Federal, todos contienen disposiciones aplicables a estas conductas.
¿Por qué entonces crear un nuevo marco normativo específico para "influencers"? La respuesta parece estar en quién tendría el poder de aplicar estas normas y bajo qué criterios. Como señala el Instituto del Derecho de las Telecomunicaciones (IDET):
"Que el gobierno decida la veracidad de la información, esto es censura pura y dura nunca antes vista en México".
El Precedente Peligroso: De Influencers a Periodistas
Una vez que se establece el principio de que el Estado puede determinar qué contenidos digitales son "apropiados", la pendiente resbaladiza es inevitable. Hoy se habla de regular a "influencers" por promover productos dudosos; mañana se podría aplicar a periodistas independientes que investiguen casos incómodos para el poder.
El caso del periodista Jorge González en Campeche, vinculado a proceso por "delitos de odio" y violencia de género contra la gobernadora morenista Layda Sansores, con la obligación de suspender cualquier actividad periodística durante dos años, es un recordatorio de que estas leyes sí se utilizan para silenciar voces críticas.
La Libertad de Expresión Termina Donde Comienza el Daño Real
La diputada Otegui afirmó en entrevista con 24 Horas:
"La libertad de expresión termina cuando afectas a otro. Cuando provoca odio, discriminación y faltas en contra de los derechos humanos".
Esta afirmación es parcialmente correcta, pero peligrosamente incompleta. Los límites a la libertad de expresión deben cumplir con el test tripartito establecido por los estándares internacionales:
- Legalidad: La restricción debe estar establecida en ley de manera clara y precisa
- Finalidad legítima: Debe perseguir un objetivo legítimo (protección de derechos de terceros, seguridad nacional, orden público, salud pública)
- Necesidad y proporcionalidad: Debe ser estrictamente necesaria y proporcional al objetivo perseguido
La iniciativa de Otegui falla en los tres criterios. No establece con precisión qué conductas específicas serán sancionadas, otorga facultades discrecionales que permiten interpretaciones arbitrarias, y propone medidas extremas (suspensión de canales, multas millonarias) sin gradualidad ni proporcionalidad.
¿Modernización del Marco Legal o Atentado Contra las Libertades?
La diputada insiste en que su propuesta busca "modernizar el marco legal y alinearlo con las mejores prácticas internacionales". Pero las mejores prácticas internacionales en materia de libertad de expresión apuntan en dirección opuesta.
La Declaración Conjunta sobre Libertad de Expresión e Internet de 2011, emitida por relatores de libertad de expresión de ONU, OEA, OSCE y CADHP, establece que:
- "Ninguna persona debe ser responsable por contenidos de otros por haber simplemente proporcionado servicios técnicos de Internet como acceso, búsqueda o almacenamiento de información"
- "Los sistemas de filtrado de contenidos que son aplicados por gobiernos o proveedores comerciales de servicios de Internet que no son controlados por usuarios finales constituyen una forma de censura previa y no pueden ser justificados"
- "Los delitos de difamación no deben extenderse a la expresión de opiniones sobre asuntos públicos o políticos"
La iniciativa de Otegui contradice estos principios fundamentales.
La Responsabilidad del Congreso de la Ciudad de México
El Congreso de la Ciudad de México tiene ahora la responsabilidad de revisar cuidadosamente esta iniciativa. Los precedentes internacionales son claros: las "leyes mordaza" disfrazadas de regulación responsable son incompatibles con una sociedad democrática.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha establecido, al analizar el delito de ultrajes a la autoridad en Veracruz, que este tipo de normas tienen "tintes de ley mordaza" y constituyen una restricción inválida a la libertad de expresión. El alto tribunal señaló que las expresiones, reclamos y reproches, inclusive intensos, dirigidos a las autoridades son fundamentales para la existencia de una sociedad libre y democrática.
Conclusión: El Verdadero Costo de la Censura
México enfrenta problemas reales que requieren atención legislativa: la violencia contra periodistas (el país más letal para la prensa en América), la impunidad sistémica, la desigualdad estructural, la crisis de derechos humanos. Pero la solución no es crear más mecanismos de control estatal sobre el discurso público.
Como señaló Isabel Uriostegui, maestra en comunicación política por la UNAM: "El problema es que se siga viendo al internet y sus redes sociales como un negocio. El gobierno debe proteger la libertad de sus ciudadanos, sobre todo al proteger su privacidad. Debe empoderar a los usuarios y garantizar espacios libres de expresión online".
La iniciativa de Leonor Otegui no busca empoderar a los usuarios ni proteger su libertad. Busca controlar qué pueden decir, cómo pueden decirlo, y quién tiene el poder de silenciarlos.
En un país donde ya se ha vinculado a proceso a periodistas por hacer su trabajo, donde se han aprobado leyes que criminalizan la sátira política, donde se discute bloquear plataformas digitales completas sin orden judicial, esta iniciativa no es una modernización del marco legal.
Es un paso más en la construcción de un aparato de censura estatal.
Y todos los ciudadanos mexicanos deberían estar alarmados.
Fuentes consultadas:
- La Jornada: "Diputada propone regular actividad de 'influencers' en CDMX" (13 de noviembre de 2025)
- Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D): Análisis de la Ley de Telecomunicaciones (abril 2025)
- Verificado.com.mx: "Las leyes que amenazan la libertad de expresión en México" (junio 2025)
- Article 19 México: Declaraciones sobre la "ley mordaza" de Puebla
- Corte Interamericana de Derechos Humanos: Casos Kimel vs. Argentina (2008) y Usón Ramírez vs. Venezuela (2009)
- SCJN: Sentencia sobre el delito de ultrajes a la autoridad en Veracruz

